MADRID

Ayuso es un verso suelto que saca de quicio a todos sus contendientes. Seguramente será por eso, por ir por libre, con unas formas a las que estamos poco acostumbrados en política. Acabo de ver la noche en 24 horas, ese programa dirigido por un moderador que parece un tertuliano más, donde se ha dado voz a dirigentes de Ciudadanos, Más Madrid y PSOE, ignorando a todos los demás. En dicho programa observo cómo algunos tratan de dejar claro que la moción de censura de la Comunidad de Madrid se registró poco después de las 13:00 horas, habiéndose registrado la convocatoria de elecciones generales después de las 16:00 horas.

La conclusión es inmediata.

No se pueden convocar elecciones cuando previamente se ha acordado y registrado la presentación de una moción de censura. El argumento se refuerza con la afirmación de que la entrada en vigor de la convocatoria de las elecciones será una vez se publique en el Boletín un día más tarde. Es decir el 11 de marzo. Se aduce que por tal motivo las elecciones no pueden ser celebradas, y en su lugar ha de tramitarse la moción de censura.

Sin embargo “entrada en vigor” y “validez” son conceptos distintos, y cada uno significa lo que significa. Entiende el firmante que la convocatoria de elecciones “entra en vigor” con la publicación en el Boletín, es decir, el día 11 de marzo. Pero es válida desde que se decreta por la Presidenta. Es el Secretario quien tiene que certificar a qué hora se decretó, o en caso de haber firma electrónica pues cuando esta quede registrada.

Y eso sucedió a las 12:25 del día 10. Es decir, media hora larga antes del registro de la moción de censura.

No sé qué ocurrirá en los tribunales.

En caso de ser válida la convocatoria, los ciudadanos y ciudadanas de Madrid tendrán la oportunidad de votar para, en su caso, mandar a la oposición a este verso suelto, de quien más de un responsable político ha dicho hoy que ha perdido la cabeza.

O no.

Se admiten apuestas.

No Comments

Post a Comment